A- de 2021
Ponente Antonio José Lizarazo Ocampo
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Naturaleza del cargo
- Competencia de la Jurisdicción Ordinaria
- Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección E, y el Juzgado Veintiuno Laboral del Circuito de Bogotá D.C.
Esta controversia versa sobre la existencia de un proceso judicial en el que se le da trámite al medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho presentado por la Federación Nacional de Cafeteros en contra de FIDUPREVISORA S.A., y Asesores en Derecho S.A.S.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Corte determinó que el conocimiento del precitado proceso le corresponde al Juzgado 21 Laboral del Circuito de Bogotá, a donde ordenó enviar el expediente para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión otro operador jurídico involucrado y los sujetos procesales interesados en este trámite.
La anterior decisión se adoptó en aplicación de la regla que establece que el conocimiento de los asuntos que pretendan el control de los actos proferidos por el mandatario con representación de un agente liquidador de una compañía, designado por la Superintendencia de Sociedades, corresponde a la jurisdicción ordinaria, pues estos, en principio, no ejercen funciones administrativas sino fungen como auxiliares de la justicia.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo entre jurisdicciones suscitado entre el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección E, y el Juzgado 21 Laboral del Circuito de Bogotá, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado 21 Laboral del Circuito de Bogotá, conocer el proceso iniciado por la Federación Nacional de Cafeteros en contra de la Fiduciaria La Previsora S.A. -FIDUPREVISORA S.A.- y Asesores en Derecho S.A.S, de acuerdo con las consideraciones del presente auto.
- SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-897 al Juzgado 21 Laboral del Circuito de Bogotá, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección E y a los sujetos procesales interesados en este trámite.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.